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VeriFactu para sociedades: 1 de enero de 2027 y requisitos del SIF

Actualizado el 19 de julio de 2026

Las sociedades abren el calendario: desde el 1 de enero de 2027 (RD-ley 15/2025), toda empresa del Impuesto sobre Sociedades que facture con medios informáticos debe hacerlo con un SIF (sistema informático de facturación) conforme al RD 1007/2023. Queda margen — pero diciembre no es mes para migrar sistemas.

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Requisitos del SIF, en lenguaje de negocio

  • Registro por cada factura (alta y, en su caso, anulación) con huella encadenada: cada registro referencia al anterior; alterar o borrar rompe la cadena y se detecta.
  • Integridad, conservación, accesibilidad y legibilidad de los registros durante la prescripción.
  • QR en las facturas y, si se remite, leyenda "VERI*FACTU".
  • Declaración responsable del fabricante acreditando conformidad.
  • Capacidad de remisión a la AEAT: continua (modalidad VeriFactu) o a requerimiento (modalidad silenciosa).

¿Remitir o no remitir?

La remisión simplifica: la AEAT custodia cada registro y la empresa se ahorra cargas probatorias de la modalidad silenciosa (firma de registros, custodia reforzada). Elegir no remitir es legal — políticas internas de datos, volúmenes singulares — pero exige dimensionar conservación y volcados a requerimiento.

¿Y si estamos en el SII?

Quien aplica el Suministro Inmediato de Información (grandes empresas, grupos de IVA, REDEME) queda excluido de VeriFactu: el SII ya remite los libros. Atención a los grupos mixtos: la exclusión va por obligado; una filial fuera del SII entra en VeriFactu.

Hoja de ruta para el segundo semestre de 2026

  1. Inventario: ¿con qué se factura en cada área? (ERP, TPVs, herramientas de departamento, Excels escondidos).
  2. Carta al proveedor: declaración responsable, modalidad soportada, plan de actualización.
  3. Piloto: emitir en VeriFactu voluntario un trimestre da rodaje sin presión.
  4. Formación al equipo de facturación: rectificativas y anulaciones dejan registro; cambia la liturgia.
  5. Enero de 2027: llegar con la cadena rodada, no estrenarla.

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Preguntas frecuentes

¿Afecta a las facturas recibidas?

No: VeriFactu regula la emisión. Sus compras generan obligaciones para sus proveedores.

¿Vale nuestro ERP internacional?

Solo si su localización española implementa el RD 1007/2023. Pídalo por escrito; un "cumplimos" sin declaración responsable no vale.

¿Los TPV de las tiendas cuentan?

Si emiten facturas (aunque sean simplificadas) con medios informáticos, son SIF y deben cumplir. Es el frente que más se olvida.

¿Sociedad con poca actividad?

La obligación no distingue por tamaño. Con actividad mínima, una herramienta sencilla certificada resuelve.

Fuentes: RD 1007/2023; RD-ley 15/2025; Orden HAC/1177/2024; art. 201 bis LGT. Información general a 19-jul-2026; no constituye asesoramiento fiscal.

¿Echa algo en falta o hay un caso que le gustaría ver tratado? Cuéntenoslo.