InicioGuíasRequisitos legales de una factura: los campos obligatorios (RD 1619/2012)

Requisitos legales de una factura: los campos obligatorios (RD 1619/2012)

Actualizado el 19 de julio de 2026

Una factura mal hecha es un problema doble: para usted (sanciones formales, discusiones con clientes) y para quien la recibe (Hacienda puede negarle la deducción del gasto y del IVA). El Reglamento de facturación (RD 1619/2012, artículo 6) lista lo que una factura completa debe contener — repasémoslo como checklist.

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El checklist del artículo 6

  1. Número y, en su caso, serie — correlativo, sin saltos ni duplicados.
  2. Fecha de expedición (y fecha de operación si difiere).
  3. Identificación del emisor: nombre y apellidos o razón social, NIF y domicilio.
  4. Identificación del destinatario: nombre/razón social, domicilio y NIF — que en la práctica es exigible SIEMPRE en la factura completa de operaciones interiores (art. 6.1.d.3.º: operaciones en territorio español por emisor establecido, particulares incluidos), además de en intracomunitarias e inversión del sujeto pasivo. La excepción real: el cliente extranjero en operaciones no localizadas en España, que se identifica con la identificación fiscal de su país o pasaporte.
  5. Descripción de las operaciones: qué se entrega o presta, con los datos para determinar la base (cantidad, precio unitario, descuentos incluidos).
  6. Base imponible, tipo o tipos de IVA aplicados y cuota repercutida, desglosados por tipo si conviven varios.
  7. Retención de IRPF cuando proceda (profesionales, ciertos alquileres): tipo e importe retenido.
  8. Menciones especiales cuando tocan: "inversión del sujeto pasivo", régimen especial aplicado, causa de exención... (vea la guía de menciones).

Los fallos que más caro salen

  • NIF del cliente ausente o erróneo — el clásico que tumba deducciones.
  • Descripciones genéricas ("servicios varios", "trabajos realizados"): invitan a requerimiento.
  • IVA sin desglosar o "IVA incluido" sin base ni cuota: incumple de libro.
  • Saltos y duplicados de numeración — delatan facturación manual descontrolada (y con VeriFactu, directamente cantan).
  • Retención olvidada en facturas de profesional a empresa.

Factura completa, simplificada o ticket

No todo exige factura completa: por debajo de ciertos importes y en ciertos sectores cabe la simplificada (con menos campos). Pero si el cliente es empresario y quiere deducir, pedirá completa — tenga el flujo preparado para convertir. Guía específica: factura simplificada.

Conservación

Cuatro años como regla fiscal general (los de prescripción), en papel o electrónico garantizando legibilidad e integridad. Con sistemas VeriFactu, los registros de facturación se conservan con sus propias garantías — pero la factura en sí sigue teniendo su vida documental.

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Preguntas frecuentes

¿Es obligatorio el domicilio del cliente particular?

En factura completa, la identificación del destinatario incluye domicilio; en simplificada no se identifica al cliente (salvo la "simplificada cualificada" para deducir).

¿Puedo facturar en inglés o en libras?

Idioma libre (Hacienda puede pedir traducción) y moneda libre, pero la cuota de IVA debe expresarse también en euros.

¿La fecha de la factura puede ser distinta a la del trabajo?

Puede: la norma permite expedir después de realizar la operación (dentro de los plazos legales) y, cuando las fechas difieren, ambas deben constar. Dicho esto, el consejo práctico va en otra dirección: facture al realizar la operación y haga coincidir ambas fechas. Es lo que VeriFactu favorece (la expedición queda sellada en el registro), evita el lío de devengar el IVA en un trimestre y facturar en otro, y es como trabajan la mayoría de las plataformas modernas, con una única fecha. Si aun así factura a mes vencido, respete el plazo (antes del día 16) y tenga presente el efecto en su 303 — vea la guía de plazos.

¿Un presupuesto o albarán vale como factura?

No. Solo la factura (completa o simplificada) despliega efectos de facturación y deducción.

Fuentes: RD 1619/2012 (arts. 6-7); Ley 37/1992. Información general a 19-jul-2026; no constituye asesoramiento fiscal.

¿Echa algo en falta o hay un caso que le gustaría ver tratado? Cuéntenoslo.